El ministerio de educación del gobierno anterior al igual que el actual considera que, dentro de su rol de asegurar que haya maestros idóneos en las aulas, debería ser quien evalúa a los profesores y directores. Además, que eso debiera hacerlo el ministerio, al menos en la primera etapa, mediante un examen escrito u online de conocimientos.

Me pregunto si algo así tendría sentido para saber quién es un buen futbolista, cantante, actor, comunicador, ejecutivo, comandante de pelotón militar, espía, gerente, etc. Ocurre que hay profesiones cuya efectividad depende de la capacidad de desempeñar una función más que de evidenciar el cúmulo de conocimientos que uno tiene sobre la especialidad. La del docente es una de ellas. No se puede evaluar a un docente sin verlo en clase interactuando con sus alumnos a lo largo de un período de tiempo.

Es verdad que el profesor debe tener un conocimiento básico de la materia a enseñar pero vienen entonces las siguientes interrogantes. 1) ¿Se puede evaluar el dominio de un tema con un examen de 2h escrito o teclado online? 2) ¿Se puede evaluar la capacidad de un maestro de lograr que sus alumnos aprendan los temas del programa visitándolo en una sola clase o creando el artificio de una “clase modelo”? Pienso que no. Muchos docentes competentes son incapaces de aprobar esas pruebas porque las preguntas estandarizadas utilizadas por estas instituciones no son aquellas que les permitiría evidenciar sus capacidades.

Otra dimensión del mismo grupo de interrogantes es si corresponde al ministerio de educación hacer las pruebas (o mandarlas a hacer) y aplicarlas, o si es que no siendo esa la actividad habitual del ministerio debiera encargarse que se ocupen de ello las instituciones especializadas en formar, capacitar y evaluar docentes. Yo me inclino a pensar que es mejor esto último.

En suma, lo que postulo en relación a la evaluación de los docentes aplicable a la Ley de Reforma Magisterial debiera ser lo siguiente:
1). El ministerio de educación primero debiera acreditar los ISP y Facultades de Educación que hayan pasado por un estricto control de calidad y la aceptación de rigurosas supervisiones. Así se certificaría específicamente su capacidad de hacer bien las capacitaciones y evaluaciones de los profesores y directores que aspiran a ascender en el escalafón.

2). El ministerio de educación debiera ofrecer a los profesores y directores cursos vacacionales (8 semanas intensivas) y semestrales (16 semanas de medio tiempo coincidiendo con los semestres académicos regulares), que sean gratuitos para que los profesores y directores que deseen inscribirse lo puedan hacer. De este modo se capacitarían de acuerdo al nivel al que quieren ascender y serían evaluados durante esas 8 ó 16 semanas de manera continua en sus tareas, trabajos, pruebas, controles de lectura, trabajos en equipo, etc. que les sean exigidos en estas capacitaciones.

3). Son estas las instituciones que al finalizar el ciclo de capacitación darían la evaluación académica que el profesor o el director presentaría al ministerio como constancia de su actualización y suficiencia académica. Esos sustituirían las notas de los exámenes de una sola vez de tinta y papel o teclado que tomaba o pensaba tomar el ministerio de educación
Los mismos cursos de capacitación podrían servir para que, una vez aprobados, se puedan incorporar a la actividad docente o de dirección escolar los profesionales de otras áreas que deseen ingresar al mundo escolar.

4). Los otros dos aspectos de la evaluación de profesores, que son el desempeño administrativo y desempeño en aula se deberían hacer dentro de cada institución educativa, mediante los comités de evaluación liderados por el respectivo director (previamente certificado en su idoneidad ética y profesional).
De este modo, el ministerio de educación se limitaría a fiscalizar y controlar la calidad de 200 instituciones contratadas para esta tarea de capacitar y evaluar, en lugar de pretender la imposible tarea de evaluar directamente a 300,000 profesores a través de un solo examen, dejando que la capacitación esté desconectada de la evaluación y librada además a la libre iniciativa no vinculante de cada profesor.

5). En el caso del director, su evaluación académica seguiría el mismo modelo, y la evaluación global de su desempeño sería realizada por el comité de evaluación liderado por el director de la UGEL (previamente certificado en su idoneidad ética y profesional)

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