El Estatuto del Colegio de Profesores establece el monopolio del ejercicio docente para los profesores titulados o licenciados en educación a partir del 6 de julio del 2010, pese a las evidencias de que muchos tienen una formación precaria y desempeño deficiente. Agreguemos a eso que muchos profesionales y técnicos que son docentes públicos y privados tienen estabilidad laboral. ¿Serán despedidos a partir de julio 2010 sólo por carecer de título pedagógico? Ocurre que el Estatuto del Colegio de Profesores (DS 017-2004-ED del 7/10/2004 sobre Ley 28198) contradice la Ley General de Educación (28044 del 28/7/2003). La Ley 28044 establece: «Art. 58: En la Educación Básica es requisito indispensable el título pedagógico para el ejercicio de la docencia. Profesionales con títulos distintos de los profesionales en educación ejercen la docencia si se desempeñan en áreas afines a su especialidad». No menciona a los docentes de institutos superiores. En cambio el Estatuto establece: «Art. 10: La colegiación es obligatoria para el ejercicio de la docencia en instituciones educativas públicas y privadas, en cualquiera de los niveles, formas, modalidades y variantes de educación básica y educación superior no universitaria que integran el sistema educativo peruano». «Art. 11: Los requisitos para incorporarse como miembro del colegio son: a) Acreditar el título de profesor o licenciado en educación…». Es decir, si con la Ley 28044 un físico, economista, biólogo, sacerdote, ingeniero de sistemas, carpintero o soldador podían enseñar física, economía, biología, religión, informática, carpintería o soldadura, respectivamente, en un instituto superior o en la secundaria, a partir del estatuto esto queda prohibido. Asimismo, quedan excluidos de la docencia el magíster o doctor en educación o el titulado como docente en el extranjero que no tenga título de licenciado o profesor validado en el Perú. ¿Alguien puede creer que un profesor extranjero que viene por 1 o 2 años, o un biólogo o soldador que enseñan unas horas semanales en un colegio o instituto va a ir a la universidad a estudiar uno o dos años para obtener un título pedagógico peruano? Los ejemplos de las colegiaciones de otros países no sirven para una educación agonizante como la peruana, que tiene que apelar a todos sus recursos humanos e ingenio para salir del colapso. Mercedes Cabanillas -coautora de la Ley de Educación- y Rafael Vásquez -presidente de la Comisión de Educación- son los llamados a liderar la solución de estas contradicciones.