Miles de profesores que trabajan en la escuela pública y la defienden ardorosamente matriculan a sus hijos en colegios, institutos y universidades privados. ¿Cómo lo explican? Aducen que allí sus hijos reciben una mejor educación.

El propio estado crea el Colegio Mayor Secundario con un régimen de contratación docente que no considera a los profesores que el propio ministerio de educación evaluó y consideró que eran los mejores y merecedores de ingresar a la Carrera Pública Magisterial. Aduce, a través de Oscar Becerra, presidente de la comisión organizadora, que el director, los tutores y los profesores para este colegio no pueden ser contratados en el universo de profesores estatales titulados y nombrados; porque estos no están a la altura de lo que se requiere para brindar una educación escolar de calidad. Contrata entonces, un director al que denomina “rector”, así como psicólogos, obstetras, tutores y profesores que -en su gran mayoría- no son docentes titulados ni pertenecen a la CPM y ganan de 6,000 soles para arriba, mucho más que el mejor profesor del 5to nivel de la CPM.

Los colegios privados, por décadas, han combinado profesores titulados en educación (usualmente en inicial y primaria) con bachilleres o profesionales de diversas carreras universitarias, porque no encuentran entre los titulados en pedagogía profesores con el dominio de las disciplinas académicas que se requieren para dar cursos de alto nivel escolar. Prefieren entonces, adaptar a estos profesionales a la labor docente en vez de contratar a profesores que, aunque tengan título pedagógico, no dominan sus materias. Esto me consta, de primera mano, porque me ha pasado cientos de veces cuando he buscado profesores de secundaria a lo largo de mi vida profesional en la dirección de un colegio privado. Generalmente, son profesionales que tienen alguna experiencia dando clases particulares o enseñando en academias o centros preuniversitarios, tienen el carisma natural para la comunicación con los alumnos y la intuición docente como para encontrar las fórmulas para ser entendidos por los alumnos. Los coordinadores o subdirectores de cada colegio privado les van dando la asesoría para que puedan adquirir ciertas herramientas didácticas y educativas que perfeccionen su quehacer docente. Si alguno de ellos no se desempeña bien, siempre queda la opción de reemplazarlo por otro.

No necesariamente son profesores de tiempo completo. Muchas veces se les requiere solamente para algunas horas, ya sea para dirigir un taller técnico o artístico, una selección deportiva, dar clases de inglés o religión, unas cuantas horas de biología, economía o física. Quizá, el de matemáticas y computación sea el caso más frecuente de profesionales que se especializan en colegios y se dedican a eso a tiempo completo.

La Ley de Educación 28044 y las anteriores permitían que un físico, economista, químico, biólogo, sacerdote, ingeniero de sistemas pueda enseñar física, economía, química, biología, religión o informática respectivamente en un instituto superior o en la secundaria. Permitía que un gran artista desarrolle un taller de danza o un entrenador de fútbol dirija la selección de fútbol del colegio, sin tener título pedagógico. El caso de inglés era más patético; Institutos de formación en inglés prestigiados como ICPNA, Británico, UP, PUCP, etc. que han formado miles de egresados con derecho a enseñar -por haber completado todos los ciclos formativos- que enseñan el inglés a decenas de miles de peruanos, no podrían enseñar en los colegios si es que se requiriese tener un título pedagógico otorgado por un ISP o universidad.

Por lo demás, ¿Alguien cree, realmente, que un técnico en soldadura, mecánica, ebanistería, carpintería, programación, va a ir a una universidad a estudiar dos años para convertirse en profesor titulado si es que le ponen eso como condición para seguir ejerciendo la docencia en un colegio o IST?

En la escuela pública también hay miles –se estima que al menos 20,000- de intitulados que enseñan muchos años como intitulados, que empezaron sus actividades docentes en su condición de auxiliares o simplemente egresados de secundaria, en zonas en las que no había manera de encontrar un titulado.

Hoy en día, los hay en cantidad en zonas nativas, rurales y en el VRAE al que los titulados no quieren ir.

Frente a esa realidad, que incluye derecho a la estabilidad laboral lograda por miles de estos profesores en la escuela pública y privada, aparece la ley de creación del colegio de profesores. El 7 de octubre del 2004 el presidente Alejandro Toledo promulgó el estatuto del “Colegio de Profesores del Perú”, creado por mandato de la Ley 28198 modificando diversos artículos de la anterior Ley 25231. El estatuto aprobado obliga a la colegiación de todos los docentes de instituciones educativas públicas y privadas como requisito obligatorio para el ejercicio de la docencia en cualquiera de los niveles, formas, modalidades y variantes de Educación Básica y Educación Superior no universitaria que integran el sistema educativo peruano, contradiciendo el Artículo 58 de la Ley General de Educación. Según la 3era disposición complementaria; la titulación en pedagogía será exigible a partir del 06 de julio del año 2010.

De este modo se da una ley que es incoherente con la Ley General de Educación vigente (N° 28044 del 28/7/2003) que crea el colegio de profesores. Ocurre que la ley posterior al Estatuto del Colegio de Profesores (DS del 7/10/2004 basado en la Ley 28198) distorsiona lo que manda la Ley de Educación 28044 que en su artículo 58 establece: “En la Educación Básica, es requisito indispensable el título pedagógico para el ejercicio de la docencia. Profesionales con títulos distintos de los profesionales en educación, ejercen la docencia si se desempeñan en áreas afines a su especialidad”. No menciona a los docentes de institutos superiores. En cambio el Estatuto establece en el artículo 10 que “La colegiación es obligatoria para el ejercicio de la docencia en instituciones educativas públicas y privadas, en cualquiera de los niveles, formas, modalidades y variantes de educación básica y educación superior no universitaria que integran el sistema educativo peruano”. En el artículo 11 señala que “Los requisitos para incorporarse como miembro del colegio son: a) Acreditar el título de Profesor o Licenciado en Educación…”. (exigible a partir del 06 de julio del 2010). Es decir, haber completado y ser titulado en pedagogía, lo que saca de la escuela a todos aquellos que mencioné en los párrafos iniciales.

Yo puedo entender los argumentos conceptuales de quienes dicen que esta ley es una más entre muchas que evidencian la total falta de confianza y carencia de apoyo del estado a los docentes de carrera; así como la falta de voluntad para revertir esa situación invirtiendo más en los profesores y remunerándolos de manera digna. Entiendo su argumento de que con fórmulas como la que permite a no pedagogos enseñar libremente en los colegios e institutos se postergará la necesidad de enfrentar el tema del mejoramiento de los profesores titulados.

Sin embargo, no estoy de acuerdo con cerrar el caño antes de que haya agua para tomar, porque quienes pagarían el precio serían los alumnos que estarían en manos de profesores que no garantizan una buena docencia. Por eso, mientras no se pueda garantizar que haya suficientes profesores titulados en pedagogía que dominen ampliamente todos los temas a enseñar y tengan calidades docentes comprobadas como para hacerse cargo de todos los alumnos del Perú, no es conveniente poner el tope a la labor docente de los no-pedagogos. Eso es lo que se establecía en el estatuto del colegio de profesores y que fue eliminado con la Ley 29510 que exceptúa del requisito de colegiación establecido en la Ley 25231 (Colegio Profesional de Profesores del Perú), a los profesionales con títulos distintos al de educación que ejercen la docencia en áreas de su especialidad. Con ella ya no habrá el límite del 6 de julio del 2010 para que quien quiera enseñar en instituciones educativas públicas o privadas tenga que tener título pedagógico. Con ello, se recupera la vigencia plena de lo establecido por la Ley de Educación del año 2003, pero que fue obstaculizada por el estatuto del Colegio de Profesores.

En suma, lo que se ha hecho es permitir que las cosas sigan como estaban. Por lo tanto, el argumento de quienes protestan diciendo que esta ley les va a quitar trabajo a los titulados en pedagogía no es válido porque no ha cambiado en nada la situación que estaba vigente hasta ahora. No es una ley que va a permitir el ingreso a la labor docente de quienes no estaban en ella. Es una ley que les va a permitir seguir desempeñando la labor docente a quienes ya estaban haciéndolo. También va a obligar a los titulados en pedagogía que quieran ser contratados en la escuela privada a mostrarse superiores a cualquier otra opción. En todo caso, en los hechos sí se está cerrando esta opción en la escuela pública, porque para ser contratados o ingresar a la CPM hoy en día se exige tener título pedagógico.

Dicho sea de paso, no se puede pretender que el solo hecho de haberse titulado en un ISP o facultad de educación (que hasta ahora nunca han sido acreditados por nadie desde su creación) ya garantiza la idoneidad docente. Hay suficientes evaluaciones que testimonian las debilidades de los institutos superiores y facultades de educación.

Después de todo ¿cómo se han titulado hasta ahora los profesores egresados de un ISP o Universidad? En los ISP iniciaron sus estudios muchas veces sin dar examen de ingreso o sacando una nota muy baja (aún no hay egresados que hayan ingresado con la nota mínima 14). En las universidades el examen era casi inexistente, porque ingresaban con puntajes desaprobatorios. Luego de cinco años de estudios no auditados ni acreditados por nadie, los egresados recibían directamente un título a nombre de la nación. Luego se presentaban a los concursos públicos docentes y no pocos ocupaban plazas a pesar de que desaprobaban las pruebas. La colegiación de estos profesores no garantiza su calidad porque esta colegiación es solo un trámite administrativo. El mismo Sutep ha reconocido que hay egresados de ISP con formación muy lamentable, aunque han preferido focalizarse en los ISP privados creados al amparo del DL 882, sin tomar en cuenta que son contadísimos los egresados de esos ISP que actualmente ejercen en las aulas de la escuela pública.

En Japón, Francia, Finlandia o Alemania entenderíamos que la colegiatura obligatoria garantice una suficiencia profesional por parte de los profesores de todas las especialidades, por lo que se les reserva el ejercicio docente escolar. Aún así, en los países de la OECD cada vez entran más profesionales no-pedagogos a las escuelas por falta de profesores titulados en pedagogía.

En el Perú, que carece, y carecerá por muchos años, de suficientes docentes idóneos, ¿tiene sentido ponerle cerrojo al ejercicio docente a psicólogos, físicos, químicos, economistas, médicos, con vocación docente y altamente calificados, solo por no ser profesores o licenciados en educación?

En cuanto a los titulados en áreas afines y a los directores también cabría decir algunas palabras. Un psicólogo escolar, un administrador de la educación, un magíster o doctor en educación, pese a tener una evidente formación afín a la educación, según el estatuto aludido, tampoco podría ejercer la docencia en sus áreas de especialidad ni en la dirección escolar. El caso de inadecuación de la formación de los directores es más notorio aún, porque ya debería ser evidente para todos que las capacidades y calidades profesionales que debería tener un director escolar no son las mismas que las que debería tener un profesor de aula.

Finalmente, es bueno señalar que las razones por las que la educación peruana anda muy mal y por las que muchos alumnos no aprenden, se aburren, se cansan de salir desaprobados, se frustran, etc. no tiene que ver, mayoritariamente, con estos docentes sin título pedagógico, sino con un sistema educativo obsoleto, una selección y formación docente inadecuada, un currículo escolar deficiente, una infraestructura y mobiliarios inapropiados, etc. A eso se suma una buena cantidad de docentes que no son aptos para enseñar y que tienen pésima formación, aunque no por su culpa, sino porque así los formaron y titularon en facultades e institutos muy mediocres. En ese contexto es que hay que analizar el refuerzo que significa el aporte de profesionales de otras áreas que tengan vocación docente y amplio dominio de los temas a enseñar, como ocurre también en EE.UU. y Europa.

No se puede abordar la formación y desempeño docente como si fuera una isla del sistema educativo. Ninguno de los gobiernos que hemos tenido en los últimos 30 años ha tomado en serio la educación, ni ha estado dispuesto a aumentar el presupuesto e invertir intensamente en los profesores y los alumnos para crear condiciones adecuadas para su educabilidad. Lo que han hecho es poner parches para salvar su quinquenio. El gobierno actual ha pretendido que con 250 horas de capacitación -por una sola vez- para 1/2 del magisterio se transformaría su estilo y desempeño docente. Esa es una ficción válida solamente para fines de propaganda oficial y campaña electoral.

Debo anotar, sin embargo, que el Perú tiene decenas de miles de docentes muy competentes y motivados. El gobierno que venga debería darles una verdadera oportunidad para que hagan un buen trabajo acorde con sus capacidades. Pero, mientras tanto, hay que pensar en lo que es mejor para los alumnos. Y para ello, francamente, prefiero a un no pedagogo solvente en sus temas de especialización que actúa con enorme intuición y vocación educativa con apoyo de sus directores y colegas, que un titulado en pedagogía que no domina sus temas y que enseñará conceptos desactualizados o errados a sus alumnos, marcándolos negativamente de por vida en su formación.

Sé que el tema es político e ideológico y que en ese terreno se mueven muchos analistas con opiniones respetables que deben ser tomadas en cuenta al diseñar una solución integral al tema educativo en el Perú. Pero si a mí me preguntan por dónde empezar, no lo haría impidiendo a los profesionales que den su aporte docente a la escuela, sino creando las condiciones para que haya suficientes maestros de calidad disponibles para cualquiera de las plazas que lo requieran, tanto en el sector público como en el privado.